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 Normativa >> Directriz 036 >> Fecha 16/01/2024 >> Articulo 4
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Normativa - Directriz 036 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4. En observancia de esta Directriz, los jerarcas de la Administración Pública Central, a más tardar el último día hábil de abril del 2024, deberán presentar ante la Segunda Vicepresidencia de la República el plan-y cronograma de trabajo que seguirán para garantizar la accesibilidad de la red en l0s sitios de la institución a su cargo. Además, deberán rendir ante dicha autoridad un informe semestral de cumplimiento de la aplicación de los lineamientos emitidos por CONAPDIS y MICITT, así como sus resultados.

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