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 Normativa >> Ley 10437 >> Fecha 29/01/2024 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 10437 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2- Ámbito de aplicación. Esta ley será de aplicación respecto a las denuncias por presunta comisión de un acto de corrupción nacional o transnacional, presentadas en el sector público o el sector privado, incluida la denuncia pública, a la protección de represalias laborales hacia las personas denunciantes que las interpongan, así como los testigos de estas infracciones, de conformidad con esta ley.

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