ARTÍCULO 24- Formación y sensibilización. La
Procuraduría de la Ética Pública realizará, en coordinación con las
instituciones públicas y organizaciones privadas que así lo requieran, acciones
administrativas dirigidas a capacitar y concientizar sobre la relevancia de
denunciar el soborno transnacional y otros actos de corrupción, la obligación
de los funcionarios públicos de hacerlo, la importancia de la denuncia y de
colaborar como testigo en los procesos de investigación, los canales
disponibles y las medidas de protección contra represalias previstas, incluida
la información sobre las instancias que ofrecen apoyo. Asimismo, brindará
capacitación para el diseño e implementación a lo interno de las organizaciones
públicas y privadas del marco legal para la protección de los denunciantes y
testigos.
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