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Artículo 28.-Fiscalización y cierre: Un
año después de construido el proyecto de vivienda de interés social, la persona
gestora social contratada para los efectos y el fiscalizador de la EA, deberán
visitarlo y realizar una reunión de cierre en el sitio con la agrupación de
gobernanza comunitaria y los beneficiarios, de lo cual emitirán un informe a la
EA, que de manera inmediata ésta lo enviará al BANHVI, certificando la gestión
adecuada de los recursos de variable social y el funcionamiento de los
lineamientos establecidos en este reglamento.
Una vez iniciada la aplicación de la
Variable Social, la Auditoría Interna del BANHVI realizará un informe anual que
verifique la buena gestión de los recursos y el adecuado funcionamiento de los
lineamientos establecidos en el respectivo reglamento, dando énfasis a la
evaluación de impacto social generado con la Variable Social aprobada en la
ley.
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