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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44276 >> Fecha 15/11/2023 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 44276 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3°-Modifiquense el monto y tramos de renta de las personas jurídicas, señalados en el artículo 15, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta número 7092 de fecha 21 de abril de 1988 y sus reformas, mediante un ajuste de menos uno coma veintiocho por ciento (-1,28%), según se detalla a continuación:

b) Las personas jurídicas, cuya renta bruta no supere la suma de ciento veinte millones quinientos ochenta y dos mil colones ( ¢ 120.582.000,00) durante el periodo fiscal:

i. Cinco por ciento (5%), sobre los primeros cinco millones seiscientos ochenta y siete mil colones (¢ 5.687 .000,00) de renta neta anual.

ii. Diez por ciento (10%), sobre el exceso de cinco millones seiscientos ochenta y siete mil colones (¢ 5.687.000,00) y hasta ocho millones quinientos treinta y dos mil colones (¢ 8.532.000,00) de renta neta anual.

iii. Quince por ciento (15%), sobre el exceso de ocho millones quinientos treinta y dos mil colones (¢ 8.532.000,00) y hasta once millones trescientos setenta y seis mil colones (¢ 11. 376.000,00) de renta neta anual.

iv. Veinte por ciento (20%), sobre el exceso de once millones trescientos setenta y seis mil colones ( ¢ 11.376.000,00) de renta neta anual.

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