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Artículo 2°.
La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de noventa y
un mil ochocientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y dos mil novecientos
ochenta y un colones con cincuenta y un céntimos (?9 1 .863.282.98
1,51) y su desglose en los niveles de programa, subprograma, partida y subpartida
presupuestaria estará disponible en la página electrónica del Ministerio
Hacienda en la dirección que se muestra a continuación: https://www.hacienda.go.cr/Presupuesto.
htm 1.
El monto
total de la rebaja y del aumento por título presupuestario es el siguiente:

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