Artículo
39.—Competencia de la Sección de Depósito. La Sección de Depósito tendrá
las siguientes funciones:
1.
Organizar, coordinar y controlar las disposiciones concernientes al ingreso,
permanencia y salida de mercancías, de personas, de medios y de transporte, de
unidades de transporte, de las desconsolidaciones, transbordos y traslados, de
los remates y ventas directas de mercancías caídas en abandono, de las destrucciones
de mercancías, y de todos los regímenes aduaneros; previstos por la normativa
aduanera.
2.
Verificar que todas las operaciones aduaneras que se realicen en la circunscripción
de la aduana, cumplan con los requisitos señalados en la normativa nacional e
internacional vigente.
3.
Elaborar las correcciones de los manifiestos de carga y conocimientos de
embarque y trasladar al Departamento Normativo el expediente respectivo, para
que tramite el procedimiento de sanción correspondiente.
4.
Coordinar con las dependencias respectivas de la Dirección General de Aduanas
la organización y ejecución de los remates de mercancías en abandono y para la
venta directa de las mercancías.
5.
Tramitar las justificaciones de faltantes y sobrantes en manifiestos de carga o
conocimientos de embarque respectivos.
6.
Controlar las actividades de entrada, salida, movilización, carga, descarga,
recepción y depósito en los recintos habilitados por la Autoridad Aduanera, así
como el uso y destino de las mercancías, en los regímenes temporales,
liberatorios de pago de tributos, perfeccionamiento y devolutivo de derechos e
informar a la Gerencia cuando se presenten irregularidades para que se inicien
los procedimientos administrativos y judiciales correspondientes.
7.
Realizar controles de inventarios y auditorias de los locales comerciales
ubicados en depósitos libres comerciales y tiendas libres bajo su competencia.
8.
Realizar inventarios físicos de mercancías en los recintos habilitados para el
ingreso y permanencia, con el propósito de controlar que las existencias
coincidan con los registros del sistema informático e informar a la Gerencia
cuando se presenten irregularidades para que se inicien los procedimientos
administrativos y judiciales correspondientes.
9.
Dar seguimiento al inventario de mercancías caídas en abandono y ejecutar los
remates y otras modalidades de venta de mercancías en abandono, en coordinación
con la Dirección General de Aduanas.
10.
Determinar la existencia de mercancías en mal estado o de importación prohibida,
y proceder a su destrucción cuando corresponda, en coordinación con las otras
autoridades que deban participar en el proceso.
11.
Controlar la custodia efectiva de las mercancías decomisadas y trasladadas a
los recintos autorizados por la aduana.
12.
Ejecutar las medidas de seguridad necesarias para prevenir daños o sustracciones
sobre mercancías en custodia de la Aduana.
13.
Realizar las comunicaciones y notificaciones que sean procedentes, por los
medios autorizados por ley, a los auxiliares, sus asistentes y demás usuarios
del servicio, de manera oportuna, segura y de conformidad con las disposiciones
legales y reglamentarias.
14.
Colaborar con la Jefatura del Departamento, en la obtención de la información
sobre las operaciones atendidas por la Sección que le permitan a la Jefatura la
toma de decisiones.
15.
Revisar y analizar las operaciones y servicios aduaneros atendidos por la
Sección, a efecto de recomendar a la Jefatura del Departamento los cambios
procedimentales, con el .n de mejorar la calidad del servicio.
16.
Analizar, evaluar y dar seguimiento a la ejecución de recomendaciones contenidas
en informes de órganos contralores.
17.
Coadyuvar con la Jefatura del Departamento, suministrando la información
requerida para el establecimiento de perfiles de riesgo, que la Aduana
coordinará con la Dirección de Gestión de Riesgo Aduanero.
18.
Participar en reuniones con la Gerencia y Subgerencia de la Aduana y jefaturas
de Departamento, con el .n de coordinar, analizar y resolver diversos asuntos
de la aduana.
19.
Participar en comisiones y comités de trabajo de la aduana, cuando así se lo
solicite la Jefatura de Departamento.
20.
Resolver consultas en materia técnica aduanera de la Sección, analizando el
contenido de las consultas de acuerdo al marco legal, operativo y técnico, en
procura de dar una respuesta oportuna y real.
21.
Realizar las investigaciones necesarias para prevenir, impedir y combatir el
contrabando y la defraudación fiscal aduanera.
22.
Aplicar las medidas de control correspondientes, para protección de los
derechos relacionados con la propiedad industrial e intelectual, de conformidad
con leyes especiales la materia, en coordinación con las diferentes
dependencias tanto administrativas como judiciales que tengan competencia en la
materia, así como informar la Jefatura del Departamento.
23.
Supervisar y controlar el funcionamiento de los Puestos de Aduana adscritos a
la aduana a solicitud de la gerencia, con relación a las actividades que se
desarrollan atinentes a la Sección.
24.
Informar a la Jefatura del Departamento los roles y rotación de trabajo de los
funcionarios de la Sección.
25.
Determinar y comunicar a la Jefatura del Departamento, los niveles de acceso a
los sistemas de información por parte de los funcionarios de la Sección.
26.
Realizar las acciones pertinentes para que en la Dirección se mantenga un
sistema adecuado de control interno, con el .n de salvaguardar los recursos
humanos, materiales y financieros, asegurar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias de rigor y lograr la consecución de las
metas y objetivos programados.
27.
Ejecutar el Plan Anual Operativo de la Aduana.
28.
Rendir, en los plazos establecidos, los informes de gestión que les sean
requeridos.
29.
Otras que le delegue y encomiende la Jefatura del Departamento.
Para
el cumplimiento de sus funciones contará con un Jefe.