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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32481 >> Fecha 29/06/2005 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32481 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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Artículo 10

Artículo 10.—Departamento de Planificación de la División Fiscalización. El Departamento de Planificación tendrá las siguientes funciones:

 

1. Apoyar a la Dirección en el planeamiento estratégico de los procesos de la administración de riesgos considerando para ello el contexto económico, político, social y organizacional del país.

2. Preparar y someter para aprobación de la Jefatura de la Dirección el proyecto del Plan Anual de Fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas.

3. Emitir directrices a las dependencias del Servicio Nacional de Aduanas, referentes a los criterios de fiscalización que permitan orientar el ejercicio del control y su alcance.

4. Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan Anual de Fiscalización.

5. Recabar todas las incidencias de la Dirección de Fiscalización y de las otras Direcciones que puedan tener relevancia para sus cometidos.

6. Comunicar a las dependencias que correspondan a nivel nacional y a las autoridades competentes a nivel internacional, si se detecta un modo de defraudación o un ilícito aduanero nuevo o distinto a los tradicionales en el país.

7. Colaborar con la Dirección en la elaboración del Plan Anual Operativo.

8. Rendir los informes periódicos de su gestión que se le soliciten.

9. Participar cuando lo convoque la Dirección General en los grupos de trabajos ad hoc que se conformen para el desarrollo de proyectos de interés aduanero.

10. Realizar las acciones pertinentes para que en el Departamento de Riesgo e Inteligencia Aduanera se mantenga un sistema adecuado de control interno, con el .n de salvaguardar los recursos humanos, materiales y financieros; asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de rigor y lograr la consecución de las metas y objetivos programados.

11. Apoyar al Departamento de Riesgo e Inteligencia Aduanera en la búsqueda y evaluación de las herramientas manuales e informáticas que contribuyan a mejorar continuamente el aprovechamiento de la información requerida en la administración del riesgo aduanero.

12. Definir y requerir los sistemas de información necesarios para administrar oportuna y eficientemente los datos propios de su gestión.

13. Cualquier otra que le encomiende la Dirección.

 

El Departamento de Planificación de la Fiscalización estará a cargo de un jefe.


 

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