12
Artículo 12.- De los Equipos de Cómputo. No estarán sujetos a
ningún tipo de tributo y sobretasas, excepto a los derechos arancelarios y de ventas, las máquinas automáticas para el tratamiento de información
y sus unidades, comprendidas en la partida arancelaria 84530000, las piezas sueltas y los accesorios de las citadas mercancías comprendidas en
la partida arancelaria 84550200, los soportes para programas de ordenadores "impresionados" o no de la partida 92120500, las cintas
entintadas para las máquinas que se citaron anteriormente, comprendidas en la partida 98080100 y "las fuentes ininterrumpidas de poder" (UPS) de
la partida 90288001.
|