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TITULO VII
REGIMENES ADUANEROS
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 109.- Concepto
Se entenderán por regímenes aduaneros, las diferentes destinaciones
a que pueden quedar sujetas las mercancías que se encuentran bajo control
aduanero, de acuerdo con los términos de la declaración presentada ante
la autoridad aduanera.
Los reglamentos establecerán los procedimientos, los requisitos y
las condiciones necesarios para aplicar los regímenes aduaneros.
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