(NOTA DE SINALEVI: Sobre
este tema, La Asamblea Legislativa de Costa Rica, había emitido anteriormente
el Contrato
Gobierno de CR e IICA sobre creación del CATIE, aprobado mediante ley N°
5201 del 23 de mayo de 1973)
N° 6873
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA
RICA
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el contrato entre el
Gobierno de la República y el Instituto Interamericano de Cooperación para la
Agricultura, sobre el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza,
suscrito en San José, el 21 de febrero de 1983 y cuyo texto es el siguiente.
“CONTRATO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA
LA AGRICULTURA
SOBRE EL CENTRO AGRONOMICO TROPICAL DE
INVESTIGACION
Y ENSEÑANZA
El Gobierno de la República de Costa Rica, de aquí en adelante el gobierno,
representado por su Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Fernando Volio Jiménez y su Ministro de Agricultura y Ganadería,
Francisco Morales Hernández, debidamente autorizados para este acto por el
señor Presidente de la República y el Instituto Interamericano de Cooperación
para la Agricultura, de aquí en adelante el IICA, representado por su Director
General, Francisco Morillo Andrade, han convenido en el presente contrato,
sujeto a los considerandos y cláusulas siguientes:
Considerando:
Que el Gobierno y el IICA suscribieron el 12 de enero de 1973 un contrato
por medio del cual se estableció el “Centro de Agronómico Tropical de
Investigación y Enseñanza”, en adelante denominado el CATIE;
Que la Junta Interamericana de Agricultura del IICA, en resolución adoptada
en su Primera Reunión Ordinaria, celebrada del 10 al 14 de agosto de 1981, en
Buenos Aires, República Argentina (IICA/JIA/Res. 14 (1.8.81), acordó autorizar
al Director General a negociar con el Gobierno de Costa Rica y con los países e
instituciones interesadas, un nuevo contrato sobre el CATIE, que permitiera su
reorganización;
Que de acuerdo con la resolución anterior y conforme con el artículo 21 del
contrato original sobre le CATIE, el Director General del IICA denunció ante el
Gobierno, el día 14 de octubre de 1981, el contrato señalado, para así proceder
a la negociación de uno nuevo.
Que el Gobierno y el IICA, ante la vital importancia de asegurar el
mantenimiento de los programas y actividades del CATIE en beneficio del progreso
agrícola de la región, han negociado un nuevo Contrato, que permitirá la
continuidad y financiamiento del CATIE y la realización de sus objetivos,
dentro de un marco de juridicidad flexible y expedido.
Que la Junta Interamericana de Agricultura, en la Tercera Sesión Plenaria
de su Segunda Reunión Extraordinaria, celebrada el 28 de octubre de 1982, en
San José, Costa Rica, aprobó el texto del nuevo contrato sobre el CATIE y por
Resolución (IICA/JIA/Res. 16 (II-E/82), autorizó al Director General del IICA,
a firmar dicho Contrato con el Gobierno de Costa Rica, en la fecha que se
estimara más conveniente, antes del 30 de mayo de 1983.
Por tanto,
ACUERDAN:
CAPITULO I
De la Naturaleza,
Denominación y Domicilio
Primera: El objeto del presente Contrato es la constitución de una
Asociación Civil de carácter científico y educacional, cuyo propósito será la
investigación en el campo de las ciencias agropecuarias, forestales y afines,
en beneficio de las regiones del trópico americano, particularmente de Centro
América y el Caribe; y la enseñanza de posgrado en ciencia agropecuarias,
forestales y afines, según los convenios y programas que el afecto se lleguen a
concretar con la Universidad de Costa Rica u otras, públicas o privadas,
nacionales o extranjeras.