Artículo 35.—Subdirección de
Administración de Cuenta Integral y Devoluciones. Corresponde a esta
Subdirección realizar las siguientes funciones:
a) Definir y mantener actualizado el plan de cuentas de la cuenta
integral y controlar la consistencia de la información.
b) Definir los programas y procedimientos que deben ejecutar las
Administraciones Territoriales, para corregir inconsistencias en la cuenta
integral.
c) Establecer las normas y procedimientos que deben cumplir las áreas
operativas en cuanto a los programas de devoluciones.
d) Elaborar los procedimientos para que las Administraciones
Tributarias procedan con el trámite de reconocimiento de créditos por pagos
debidos o indebidos, con la tramitación de las compensaciones y devoluciones de
esos saldos acreedores, ya sea a solicitud de parte o de oficio.
e) Coordinar y ejecutar con la unidad Técnica de Recursos Financieros y
la Tesorería Nacional los procesos de agregación contable de la información
tributaria.
f) Definir los planes anuales y programas en concordancia con las metas
de la Dirección General y las políticas institucionales.
g) Elaborar los procedimientos para mantener actualizada y depurada la
cuenta integral de los contribuyentes, declarantes o responsables.
h) Controlar y dar seguimiento al cumplimiento efectivo de la normativa
relacionada con la materia por parte de las Administraciones Tributarias.
i) Controlar que los documentos de autoliquidación de tributos y de
pago de impuestos y sanciones ingresen correctamente a la base de datos de los
contribuyentes; y se genere la respectiva liquidación para determinar las
deudas o saldos acreedores de los contribuyentes, declarantes o responsables.
Tratándose de la validación de los documentos en bases temporales del sistema
informático, esta función se realizará principalmente a través del subproceso
de Documentación y Archivo.
j) Proponer al Director de Recaudación el desarrollo y mantenimiento
de los módulos del sistema informático necesarios para la mejora del registro
de las transacciones y visualización de las mismas por parte de los usuarios
finales de las Administraciones Tributarias.
k) Coordinar con la Subdirección el Centro de Competencias y la
Dirección de Tecnología de Información el desarrollo y mantenimiento de las
validaciones o filtros de control de calidad, que regulan el ingreso a las
bases alternativas de registro, de los documentos de autoliquidación y de pago
presentados por los contribuyentes, o declarantes, ante los cambios de
normativa o tecnología.
l) Realizar la actualización de los diferentes parámetros básicos
(tasas de interés, fechas de vencimiento entre otros), en el sistema
informático que se utilizan como criterios para la aceptación de las
declaraciones y documentos de pago presentados por los contribuyentes o
declarantes.
m) Evaluar los resultados de la gestión de las Administraciones
Tributarias, de acuerdo con los indicadores definidos en el campo de sus
funciones.
n) Evaluar permanentemente la calidad de la información que ingresa a
las bases de datos relacionadas con los procesos de la Subdirección mediante
estadísticas e informes periódicos de resultados.
o) Proponer ante el Director de Recaudación el desarrollo y
mantenimiento de las bitácoras y estadísticas para ejercer el debido control.
p) Realizar cualesquiera otras tareas incluyendo las que le asigne el
Director (a) de Recaudación, no expresadas anteriormente, pero que se puedan
incluir dentro del ámbito de sus competencias y responsabilidades.