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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25049 >> Fecha 26/03/1996 >> Articulo 64
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25049 - Articulo 64
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64

Artículo 64- Organos encargados de la Recaudación Tributaria y su

competencia

Las funciones y atribuciones propias de la Recaudación Tributaria,

dentro del ámbito de la competencia de la Dirección General de la

Tributación Directa, serán ejercidas por las siguientes unidades

administrativas:

a) La Subdirección de Recaudación, que en cumplimiento de sus

tareas normativa, operativa, de planeación y control de

gestión, tendrá competencia en todo el territorio nacional.

b) Las Subadministraciones de Recaudación de las Administraciones

Regionales Tributarias y de Grandes Contribuyentes, que son las

unidades encargadas de ejecutar, en el ámbito de su competencia

territorial, los planes y programas que para el cumplimiento de

sus funciones tracen la Dirección General y la Subdirección de

Recaudación.

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