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Artículo 64- Organos encargados de la Recaudación Tributaria y su
competencia
Las funciones y atribuciones propias de la Recaudación Tributaria,
dentro del ámbito de la competencia de la Dirección General de la
Tributación Directa, serán ejercidas por las siguientes unidades
administrativas:
a) La Subdirección de Recaudación, que en cumplimiento de sus
tareas normativa, operativa, de planeación y control de
gestión, tendrá competencia en todo el territorio nacional.
b) Las Subadministraciones de Recaudación de las Administraciones
Regionales Tributarias y de Grandes Contribuyentes, que son las
unidades encargadas de ejecutar, en el ámbito de su competencia
territorial, los planes y programas que para el cumplimiento de
sus funciones tracen la Dirección General y la Subdirección de
Recaudación.
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