Texto Completo acta: 119D3F
COLEGIO
DE TERAPEUTAS DE COSTA RICA
(Esta norma fue
derogada por el artículo 27 del Perfil
profesional del terapeuta respiratorio en Costa Rica, y publicado en La Gaceta N° 160 del 24 de
agosto del 2017)
REGLAMENTACIÓN
Y NORMATIVA DEL PERFIL
DEL
TERAPEUTA RESPIRATORIO 2013. DEL 2/11/2013
PERFIL
PROFESIONAL DEL TERAPEUTA RESPIRATORIO
La Asamblea General y la Junta Directiva,
del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, cédula jurídica 3-007-667202,
Institución Pública No Estatal creada mediante la ley 8989 de la Asamblea
Legislativa y el Reglamento a la ley 8989 de Casa Presidencial número 37517-S
de la gaceta 38 del Viernes 22 de febrero del 2013, en cumplimiento de sus
funciones y del artículo 20 de sesión 2-del 2 del 11- del 2013 de Asamblea General,
según consta en el tomo uno del Libro Legal de Asamblea General del Colegio, y
en cumplimiento de los artículos 8, 9, 17, 43 de la Ley 8989 y de los artículos
54 y 64 del Reglamento a la ley 8989 del Colegio de Terapeutas de Costa Rica,
promulgan y aprueban por unanimidad el "PERFIL PROFESIONAL DEL TERAPEUTA
RESPIRATORIO.
Considerando:
. Con la aprobación de la Ley Número 8989 (La Gaceta Nº 194, del
10 de octubre del 2011), se reglamenta en nuestra jurisdicción a los
Terapeutas, incluíos los Respiratorios, que ejercen en Costa Rica.
Posteriormente se han aprobado dos Reglamentos, a saber, el Reglamento a la Ley
(La Gaceta Nº 38, del 22 Febrero del 2013) y el Reglamento de Incorporación (La
Gaceta Nº 84, del 03 de Mayo del 2013).
. Cada día son más los Terapeutas Respiratorios egresados del programa
universitario privado. En grado de Licenciatura. El grado mínimo para
incorporarse como profesional y ejercer bajo la ley 8989 es Licenciado (a)
Universitario.
. En la última década se han dado desarrollos teóricos y de
procedimientos específicos, tanto en evaluación y diagnóstico como en modelos
de intervención en nuestra profesión. La Terapia Respiratoria ha crecido
adentrándose en prácticas diversas dentro del campo profesional.
. Esto ha llevado a actualizar los ámbitos de la práctica que le
competen a cada uno de los grados académicos con los que contamos, acogidos
bajo la Ley del Colegio de Terapeutas, basados en otras leyes que afectan el
ejercicio profesional y a la luz de las concepciones y requerimientos
contemporáneos en salud y seguridad social.
. Se entiende por Perfil Profesional la declaración institucional acerca
de los rasgos que caracterizan a sus miembros incorporados, expresada en
términos de competencias en diferentes dominios de acción, las que pueden ser
demandadas legítimamente por la sociedad, a los miembros acreditados para el
ejercicio profesional. Se concibe al Perfil Profesional como el conjunto de
rasgos y capacidades que, apropiadamente, por quien tiene la competencia
jurídica para ello, permiten que alguien sea reconocido en la sociedad como
profesional en su área, pudiéndose autorizar a realizar tareas para las que se
le supone capacitado y competente.
. Un dominio de competencias se describe como el conjunto de capacidades
de diversa naturaleza, que se conjugan en el profesional, de manera tal que le
habilita para desempeñar un rol específico. Así, un profesional básico
competente es quien se desempeña de manera eficaz (produce los resultados) y
eficiente (con la menor cantidad de errores) en las funciones
fundamentales
. Que son esperables de la profesión a un nivel no altamente
especializado. Dichas funciones fundamentales se relacionan directamente con
los dominios de competencias en que se ejerce un determinado nivel de profesionalismo.
. El Perfil profesional tiene como rol orientar la construcción del
currículo, sustentar las decisiones que se tomen y ser un referente para el
permanente diálogo entre los entes formadores, las instituciones, el mundo
laboral y los propios practicantes de la profesión. De este diálogo surgirán
orientaciones para permitir el permanente reajuste de los planes de formación e
incluso, de definiciones de competencias consideradas clave para la profesión.
. El Perfil Profesional es producto del trabajo reflexivo y crítico de
las instituciones formadoras, de las instituciones jurídicamente reguladoras,
de los profesionales y de la actualidad laboral. Que el Colegio de Terapeutas
de Costa Rica requiere contar con el Perfil del Terapeuta Respiratorio, por cuanto,
le permite al Colegio establecer claramente las funciones de este especialista
Terapeuta, dentro del marco jurídico aplicable y dentro del campo del área de
la salud. Conducente hacia el servicio público y el bienestar social. Que por
las consideraciones anteriormente expuestas se hace necesario y oportuno dictar
Reglamentación y Normativa del Perfil del Terapeuta Respiratorio. Por tanto se
promulga la siguiente:
REGLAMENTACIÓN Y
NORMATIVA DEL PERFIL
DEL TERAPEUTA
RESPIRATORIO
CAPÍTULO I
Artículo 1°-Terapia Respiratoria:
Son atenciones que derivan en procesos y procedimientos tanto invasivos como no
invasivos que involucran los campos de educación, administración, investigación
y atención directa utilizados para la promoción, prevención, diagnóstico,
tratamiento y rehabilitación del sistema respiratorio.
Ficha articulo
Artículo 2º-Terapeuta Respiratorio:
Profesional del área de la salud que participa en el diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación de personas con enfermedades agudas, crónicas o degenerativas
que comprometan la función del sistema respiratorio. Así mismo en la prevención
de la enfermedad y su deterioro y en la promoción de la salud respiratoria.
Ficha articulo
Artículo 3°-Área Ocupacional. El
profesional en Terapia respiratoria está capacitado para:
. Desarrollar
programas educativos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad
cardiorrespiratoria
. Apoyar
al médico en el diagnóstico de enfermedades respiratorios y realizar o asistir
pruebas diagnósticas según el perfil profesional
. Intervenir
terapéuticamente al paciente con enfermedades que directa o indirectamente
afecten el sistema respiratorio
. Monitorear
y dar seguimiento a las intervenciones propuestas para el paciente.
. Participar
en programas de Rehabilitación cardiopulmonar, con el fin de recuperar la
condición física del paciente y por lo tanto su calidad de vida.
. Realizar
investigaciones y ser partícipe de equipos de investigación.
. Coordinar
servicios o unidades de Terapia Respiratoria.
. Desarrollarse
como docente.
Además el terapeuta respiratorio puede
desenvolverse en esas aéreas, con pacientes de cualquier edad, ya sean
neonatos, niños, jóvenes, adultos o adultos mayores, en centros de salud,
unidades coronarias, a domicilio, laboratorios de función pulmonar o de sueño,
centros de rehabilitación cardiopulmonar, asilos de ancianos, hogares de niños,
asociaciones, institutos o centros de investigación, centros educativos y en
empresas.
Ficha articulo
CAPÍTULO II
- De la Instrumentación
y áreas de Intervención
Artículo 4º-Instrumentación. El
Terapeuta Respiratorio utiliza equipo básico y/o especializado para realizar el
apoyo diagnóstico y terapéutico, ya sea de evaluación, tratamiento o de
monitoreo, así como de rehabilitación. Dependiendo del área de desempeño,
requiere de equipo básico, mínimo e indispensable para el ejercicio de la
profesión.
Ficha articulo
Artículo 5º-Otras áreas de intervención.
Ficha articulo
CAPÍTULO III
- Perfil Profesional
del Bachillerato en ciencias
- de terapia
respiratoria
Artículo 6º-Área Asistencial del Cuidado
Respiratorio.
. Según protocolos y la normativa
prescrita brindar, cuidados específicos de:
. Oxigenoterapia
. Aerosolterapia e inhaloterapia, para
vía aérea superior e inferior.
. Técnicas de higiene broncopulmonar
. Técnicas de expansión pulmonar
. Ejercicios respiratorios
. Cuidados de la vía aérea anatómica y
artificial
. Movilización y transporte de
pacientes ventilados con VMA
. Programación inicial, control de la
aplicación clínica y manejo terapeútico de la ventilación mecánica
. Reanimación cardiopulmonar
Por supuesto todo
siguiendo los principios de la asepsia médico-quirúrgica en la atención de
pacientes.
. Efectuar pruebas diagnósticas básicas
tales como: Obtener biopsias broncopulmonares, muestras de secreción bronquial,
de sangre arterial y venosa para el análisis de laboratorio.
. Realizar pruebas de función pulmonar
al lado de la unidad del paciente.
. Colaborar con el medico en
procedimientos diagnósticos invasivos: broncoscopía, toracocentesis, colocación
de sondas torácicas, traqueostomía percutánea.
. Llenar y firmar formularios y
solicitudes relacionadas con el ejercicio de su profesión.
Ficha articulo
Artículo 7º-Área de Promoción de la
Salud y Prevención de la Enfermedad Respiratoria
. Desarrollar programas preventivos sobre
patologías cardiorrespiratorias a nivel comunitario intrahospitalario e
interinstitucional
. Organizar actividades educativas para
grupos de pacientes con patologías cardiorrespiratorias y sus familiares.
. Desarrollar programas
interinstitucionales para la prevención del fumado e inhalación de sustancias
toxicas.
. Realizar diagnostico comunitario para
el establecimiento de estrategias de prevención de la enfermedad y promoción de
la salud.
Ficha articulo
Artículo 8º-Área de Docencia y
perfeccionamiento en Servicio
. Desarrollar labores de apoyo docente
para estudiantes de la carrera de Terapia Respiratoria y para el personal
hospitalario que lo requiera.
. Desarrollar programas de capacitación
en Terapia Respiratoria.
. Involucrarse en programas de
perfeccionamiento en servicio y de autocapacitación.
. Desarrollar laborar de entrenamiento
sobre procedimientos, técnicas y uso de equipo especializado.
Ficha articulo
Artículo 9°-Área de Investigación en
Terapia Respiratoria. Participar con profesionales afines en
investigaciones relacionadas con las alteraciones fisiopatológicas del sistema
cardiorrespiratorio.
Colabora
con los equipos de investigación en salud que requieran la participación de la
Terapia Respiratoria.
Ficha articulo
CAPÍTULO
IV
- Perfil
Profesional de la Licenciatura en Ciencias
- de
Terapia Respiratoria
Artículo 10.-Área
Asistencial de Cuidados Respiratorio
. Todo lo citado para el
bachiller
. Realizar intubación,
deshabituación y extubación endotraqueal. Las acciones del Terapista
Respiratorio deben darse en coordinación con médico especialista responsable
del paciente.
. Aplicar métodos y
técnicas de ventilación mecánica avanzada: ejemplo ventilación de alta
frecuencia en neonatos, niños y adultos, ventilación pulmonar independiente
(dual), ventilación no invasiva. Las acciones del Terapista Respiratorio deben
darse en coordinación con médico especialista responsable del paciente.
. Efectuar monitoreo de
ventilación mecánica mediante el uso de curvas de flujo, volumen y presión
versus tiempo, como también otras representaciones gráficas de la VMA.
Capnografía, oximetría y otras como lazos o curvas compuestas, métodos
invasivos y no invasivos de titulación del PEEP y otros parámetros de VMA .
. Monitorear el
funcionamiento técnico adecuado del Ventilador Mecánico y sus accesorios.
. Monitorear la función
hemodinámica a través de líneas arteriales y monitores cardiacos y
electrocardiográficos.
. Participar en el equipo
humano de transporte aéreo o terrestre interhospitalario de pacientes con
alteración de la función cardiorrespiratoria que mantienen VMA.
Ficha articulo
Artículo 11.-Área
de Apoyo Diagnóstico.
. Realizar pruebas de
función pulmonar complejas tales como espirometría, pletismografía, pruebas de
difusión, pruebas metabólicas y calorimetrías.
. Efectuar estudios de
electrocardiografía ambulatoria.
. Efectuar pruebas
ergonométricas.
. Efectuar estudios de
Polisomnografías.
Ficha articulo
Artículo 12.-Área
de Investigación en Terapia Respiratoria
. Analizar crítica y
sistemáticamente el ejercicio de sus funciones con el fin de incrementar el
conocimiento propio de la terapia respiratoria
. Participar activamente
en investigaciones disciplinarias e interdisciplinarias
. Utilizar apropiadamente
investigaciones, información específica o datos relacionados con el campo del
ejercicio profesional
. Contribuir con aportes
científicos al desarrollo de su campo profesional
. Documentar
investigaciones y procedimientos para ser divulgados
Ficha articulo
Artículo 13.-Área
de rehabilitación cardiopulmonar.
. Organizar, diseñar,
desarrollar y evaluar programas multidisciplinarios de rehabilitación
cardiopulmonar intra y extrahospitalaria, cesación de fumado, oxigenoterapia en
el hogar.
. Organizar e implementar
actividades educativas y de promoción de la salud para grupos de pacientes y
sus familiares para la prevención de complicaciones y mejoramiento de la salud
cardiorrespiratoria.
. Desarrollar programas
de autocuidado, para pacientes con enfermedad cardiorrespiratoria en el hogar
Ficha articulo
Artículo 14.-Área
de administración de servicios de terapia respiratoria.
. Aplicar principios
administrativos actualizados que permitan contribuir con el buen
funcionamiento, organización y modernización de los servicios en que se
desempeña.
. Participar
en la toma de decisiones sobre políticas y normativas relacionadas con el campo
de la terapia respiratoria en todos los niveles de atención del sistema de
salud
. Organizar servicios privados de
terapia respiratoria
. Desarrollar acciones permanentes de
recursos humanos
. Establecer control de calidad en la
aplicación de procedimientos en el desarrollo de técnicas y en el uso de
equipos
. Establecer el marco administrativo
por medio del cual se debe de proporcionar atención al paciente de alta calidad
humana, científica y segura, con base en el diagnóstico situacional de la
Unidad
. Seleccionar al personal de nuevo
ingreso de acuerdo a los objetivos del Servicio y a las normas de atención de
Terapia Respiratoria establecidas, promoviendo una mayor productividad.
. Dirigir y supervisar diariamente las
operaciones de trabajo de cada colaborador en forma individual o grupal en el
sitio de trabajo;
. Asumir la actualización y
organización de registros periódicos relacionados con tareas y cuidados
brindados, seguimiento, equipos y otros
. Asumir los procesos de adquisición,
almacenamiento, uso correcto y reemplazo del equipo y materiales propios del
Servicio de terapia respiratoria.
. Mantener actualizado los registros de
información estadística que produce su trabajo.
. Presupuestar los recursos materiales
financieros y el equipo necesario para sus funciones.
. Velar por el cumplimiento de lo
establecido en el Código de Ética Profesional, pre-escrito por las instancias
gubernamentales en el desarrollo de su labor.
. Planear, organizar, dirigir,
controlar y evaluar el desarrollo de los programas y el desempeño de labores del
personal a su cargo y de la unidad encomendada;
. Suscribir todos los documentos
relativos al ejercicio de sus funciones.
. Ordenar y firmar la comunicación de
los acuerdos de trámite, transmitir las resoluciones o acuerdos con la Jefatura
de Servicio y autorizar con su firma aquéllos que le correspondan de acuerdo a
sus funciones;
. Vigilar el estricto cumplimiento de
las normas jurídicas aplicables en el área de su competencia;
. Acordar los asuntos generales de su
Unidad;
11.-Crear mecanismos de coordinación con
otros servicios de la institución u otros servicios de Terapia Respiratoria a
nivel nacional e internacional. Rige a partir de su publicación. Perfil de
Terapia Respiratorio.
Autoriza: para su publicación en La
Gaceta.
Ficha articulo
Artículo
15.-Paciente critico bajo ventilación mecánica
1-
Lavado de Manos
2-
Valoración inicial del paciente (Examen físico del Tórax)
3-
Revisión del expediente
4-
Valoración de radiografía de Tórax.
5-
Preparación del equipo
6-
Medición de la presión del balón piloto de vías aéreas artificiales
7-
Toma de signos vitales
8-
Chequeo de parámetros ventílatenos B- Calibración del ventilador mecánico
10-
Toma de signos vitales
11-
Chequeo de parámetros ventílatenos
12-
Calibración del ventilador mecánico
13-
Toma y valoración de gases arteriales
14-
Cambio de filtro bacteriológico, circuito de ventilador, fijación de vía aérea
artificial, sonda de circuito cerrado, entre otros.
15-
Permeabilización y cuidado de vía aérea.
16-
Ajuste de parámetros ventílatenos
17-
Toma de muestras de secreción bronquial
18-
Nota expediente clínico.
19-
El lavado de manos debe de realizarse durante los cinco pasos de la atención
directa del paciente.
(Así adicionado mediante acta
70, de sesión extraordinaria del 15 de octubre del 2014)
Ficha articulo
Artículo
16.-Paciente de Consulta Externa: Este usuario puede ser clasificado
dentro de tres grupos:
a-
Prueba de Función Pulmonar: El Terapeuta Respiratorio puede atender a un
paciente cada media hora para una espirometría basal y post broncodilatador. Así
como un paciente por hora cuando requiera varios exámenes especiales, tales
como DLCO, pletismografía, gases arteriales básales y post esfuerzo, caminata
de 6 minutos, calorimetría indirecta y pruebas metabólicas, entre otras.
b-
Educación de pacientes dentro de algún programa que requiere un examen
o procedimiento especial, en donde el Terapeuta Respiratorio pueda atender máximo
uno por hora, (educación a pacientes con inhaladores de dosis medida, fíbrosis
quística, etc.)
c-
Paciente domiciliar: Esto va a depender del área geográfica de los pacientes
en donde el Terapeuta Respiratorio pueda atender un paciente por hora.
Ahora
bien, dentro de la división del trabajo se debe de tomar en cuenta los tiempos
de aumentación y demás regulaciones según las normativas vigentes
institucionales. Además tomar en cuenta la atención de emergencias, traslados
e interconsultas que cada TR deba atender.
(Así adicionado mediante acta
70, de sesión extraordinaria del 15 de octubre del 2014)
Ficha articulo
Fecha de generación: 4/2/2025 23:40:32