Artículo 3º-De las
definiciones. Para efectos de aplicación del presente reglamento se
establecen las siguientes definiciones:
1) Asepsia:
ausencia de materia séptica. Estado libre de agentes infecciosos. Método con el
que se propone impedir el acceso de gérmenes nocivos al organismo, evitando así
la producción de enfermedades.
2) Autoclave:
equipo destinado a esterilizar objetos y sustancias colocadas en su interior
por medio de presión a vapor a altas temperaturas.
3) Branding:
marca permanente realizada en el tejido humano por quemadas por medio de un
hierro caliente u otro instrumento.
4) Establecimientos
de tatuajes: locales donde se efectúan exclusivamente procedimientos invasivos
para tatuar la piel en forma permanente con pigmentos.
5) Esterilizar:
acto de destrucción de todos los microbios incluyendo bacterias, esporas y
virus.
6) Desechos
infecto-contagioso: desechos que contienen bacterias, virus u otros
microorganismos con capacidad de causar infección o que contienen o puede
contener toxinas producidas por esos microorganismos, que causan efectos
nocivos a seres vivos o al ambiente humano.
7) Desecho
punzocortante: objeto contaminado o no, con capacidad de penetrar y/o
cortar tejidos humanos, facilitando el desarrollo de infección, tales como todo
tipo de instrumental médico quirúrgico, plástico, de metal o de vidrio,
artículos de laboratorio, instrumental de odontología, cosméticos, veterinarios
y artículos de uso general, como bombillas eléctricas de todo tipo, navajillas,
grapas, bandas de metal o plástico y contenedores plástico-metálicos de
tabletas, entre otros.
8) Desinfección:
procedimiento que elimina prácticamente todos los organismos reconocidos como
patógenos pero no todas las formas microbianas, sin constituir un proceso letal
como la esterilización.
9) Esterilizador
ultrasónico: equipo eléctrico que se utiliza para pretratar con baño de
ultrasonido y de sumersión, el instrumental extremadamente sucio por restos de
sangre y secreciones coaguladas o restos de materiales de empaste.
10) Joyería:
cualquier ornamento personal que se inserta dentro de un espacio de la piel en
cualquier área del cuerpo, de diferentes materiales tales como pero no
limitados a acero inoxidable grado quirúrgico, oro blanco o amarillo de 14, 18,
20 ó 22 kilates, neobidium, titanio, platino, plástico muy denso y bajo en
porosidad o libre de irregularidades o asperezas.
11) Objeto punzocortante: objeto con
capacidad de penetrar y/o cortar tejidos humanos.
12) Pigmento: materia colorante que
disuelta o en forma de gránulos, se encuentra en el protoplasma de muchas
células vegetales y animales. Sustancia
que posee color propio por reflexión de determinadas longitudes de onda del
espectro visible.
13) Permiso de funcionamiento: acto
administrativo emitido por la autoridad de salud que permite el funcionamiento
u operación de un establecimiento. Corresponde al "permiso de funcionamiento u operación",
"autorización previa" e "inscripción o registro", a los que hace referencia la
Ley General de Salud, como requisito previo para que tales establecimientos se
puedan instalar y funcionar.
14) Procedimientos invasivos:
procedimientos que conlleve a una penetración, ruptura o cortadura de la piel y
sus anexos por medio de diferentes objetos punzocortantes.
15) Perforaciones corporales: procedimiento
con objetos punzocortantes que conlleva a una penetración, ruptura o cortadura
de la piel y sus anexos, a fin de colocarse objetos generalmente metálicos con
fines estéticos en piel y sus anexos.
16) Salas de belleza y cosmetología:
establecimientos donde se realicen o elaboren pelucas o postizos, manicura,
pedicura y maquillajes. Aplicación,
recomendación de técnicas y procedimientos de ciertos productos para el cuidado
y embellecimiento de la piel, el cabello y el rostro.
17) Salas de estética: establecimientos de
atención a las personas en el área de estética, donde se brindan servicios de
masaje, maquillaje, terapias faciales y corporales con el uso de cosméticos y aparatología,
así como atención nutricional.
18) Tatuar: acción de insertar pigmentos
dentro de la dermis de manera permanente. Dicho procedimiento se realiza
cortando, quemando la piel, insertando o inyectando pigmentos dentro de las
heridas por medio de una aguja en forma manual, mediante máquinas eléctricas o
frotando pigmentos con material esterilizado. No se incluye implante debajo de
la piel ya que se considera un procedimiento médico.
19) Técnica aséptica: conjunto de procesos
científicos destinados a eliminar posibles gérmenes infecciosos para el
organismo.