Texto Completo acta: 16565C
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DECRETO N° XLV.
(Esta norma fue derogada por el artículo 1°, inciso 404, de la ley N° 10285
del 20 de setiembre de 2022, "Derogatoria de leyes caducas o
históricamente obsoletas para la depuración del ordenamiento jurídico (VII
parte)")
Deroga la ley número 24 de 2 de diciembre
de 1852, y manda que continúe la subvención asignada á la Iglesia Católica.
EL CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA REBÚBLICA DE
COSTA-RICA,
Considerando:
1°-Que el Concordato celebrado entre el
Gobierno de la República y la Santa Sede Apostólica, está en oposición con la
ley fundamental, por lo cual es imposible su observancia.
2°-Que declarada su caducidad quedan resueltos
los conflictos que han sobrevenido y pudieran sobrevenir entre la Constitución
y las disposiciones del enunciado Concordato;
DECRETA:
Art. único. Se deroga la ley n° 24 de 2 de
diciembre de 1852.
§ único.-Sin embargo,
el Estado mantiene en favor de la Iglesia Católica, la subvención asignada en
la ley que se deroga.
AL PODER EJECUTIVO.-Dado
en el salón de sesiones del Palacio Nacional, en San José, á los veintiocho
días del mes de julio de mil ochocientos ochenta y cuatro.-JN. M. CARAZO, Presidente.-AND.
SÁENZ, Pro-secretario.-José A. CASTRO, Pro-secretario.-Palacio
Presidencial.-San José, á veintiocho de julio de mil ochocientos ochenta y
cuatro.-Ejecútese.- P. FERNÁNDEZ.-El Secretario de Estado en el Despacho de
Culto.-José Ma CASTRO.
Ficha articuloFecha de generación: 22/12/2024 02:11:19